Julio César Miguel, DPO certificado por IVAC, explica en este post audiovisual, las funciones que debe realizar el DPO según la normativa vigente:
1. Información y asesoramiento: el DPO debe informar y asesorar al responsable o encargado y a los empleados que se ocupan del tratamiento de sus obligaciones en materia de protección de datos.
2. Supervisar el cumplimiento: el DPO debe supervisar el cumplimiento de la normativa de protección de datos, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal y las auditorías correspondientes.
3. Asesorar y supervisar la EIPD: el DPO debe asesorar en la realización de la Evaluación de Impacto relativa a la Protección de Datos y supervisar su aplicación efectiva dentro de la entidad, comprobar que se implantan las medidas de seguridad, que son adecuadas y eficaces, que no han quedado brechas de seguridad sin contemplar…
4. Punto de contacto: el DPO debe actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas al tratamiento y cooperar con ella en todo momento, como punto de contacto ante los interesados que quieran realizar alguna pregunta, alguna consulta sobre sus datos que están siendo objeto del tratamiento.
Todas estas funciones y las que lleva parejas son las funciones que tiene que realizar el delegado de protección de datos dentro de una entidad.
Este audiovisual “Funciones del DPO” podemos encontrarlo en el curso de DPO 100 y 180 horas, y en el curso de Experto en el RGPD desarrollado por Julio César Miguel Pérez para el Instituto Superior de Ciberseguridad – Grupo CFI.