Hoy en día, gran parte de la inversión que se hace en Internet viene del sector de la publicidad online, y una de las formas en que la publicidad en Internet se lleva a cabo es a través de las cookies. Como es sabido, el mundo que nos rodea está hiperconectado y en este sentido, todo lo referente a la seguridad y a la privacidad de los datos preocupa a usuarios, negocios y a instituciones públicas. En este contexto, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha introducido recientemente nuevos cambios respecto al uso de las cookies. ¿Quieres saber cuáles son? ¡Sigue leyendo! A continuación, te contamos todas las nuevas directrices.

¿Cuáles son los principales cambios sobre el uso de las cookies en 2024?

La nueva normativa de cookies, aprobada el pasado enero por la Agencia Española de Protección de Datos, refuerza el consentimiento explícito del usuario para el uso de las cookies, dado que ahora se requiere un consentimiento más claro y específico. ¿Quieres cumplir con la normativa? A continuación, te contamos todas las novedades que debes implantar.

Banner de cookies

Modo en el que el usuario puede aceptar, configurar y rechazar la utilización de las cookies.Esta capa informativa deberá contener:
  • Un botón o mecanismo equivalente, fácilmente visible, con las palabras “aceptar cookies”, “aceptar” “consentir” o textos similares, para consentir el uso de todas las cookies.
  • Un botón o mecanismo equivalente, similar al anterior con las palabras “rechazar cookies” “rechazar” o textos similares para rechazar el uso de cookies.
  • Un botón o mecanismo equivalente, claramente visible, pero necesariamente similar a los anteriores, que despliegue o lleve a un panel de configuración que permita aceptar o rechazar las cookies de forma granular, al menos en función de su finalidad.
    Este panel de configuración no debería incluirse en aquellos casos en los que solo se utilicen cookies para una finalidad y, por lo tanto, el usuario solo pueda elegir entre aceptar o rechazar las cookies correspondientes a esa finalidad.

Botón rechazo de cookies

Además, hay que tener en cuenta otra serie de factores relevantes como los siguientes:
  • No se podrá dar al usuario la impresión de que tiene que aceptar obligatoriamente las cookies para navegar por el sitio web.
  • No se podrá empujar claramente al usuario a aceptar las cookies.
  • El color o contraste del texto y los botones no podrán ser obviamente engañosos para los usuarios, de forma que lleven a un consentimiento involuntario.

Cambios en el uso de las cookies

Siempre que un consentimiento haya sido obtenido de forma válida, no será necesario obtenerlo cada vez que un usuario visite de nuevo la misma página web desde la que se presta el servicio.

Actualización del consentimiento

En cuanto a la renovación del consentimiento, la AEPD considera que la validez del consentimiento prestado por un usuario para el uso de una determinada cookie no tenga una duración superior a 24 meses y que durante este tiempo se conserve la selección realizada por el usuario sobre sus preferencias.

Retirada del consentimiento para el uso de las cookies

Los usuarios deberán poder retirar el consentimiento previamente otorgado en cualquier momento.

Cookies Paywall y sistemas de pagar o aceptar en la nueva normativa de cookies

Un cambio significativo en lo referente a la nueva normativa de cookies es la posibilidad de implantar “paywall de cookies” o sistemas de “pagar o aceptar” algo que ahora está muy presente en muchos medios digitales. En este sentido, los editores digitales presentan a sus lectores una elección: pagar por el contenido sin estar sujetos a publicidad y seguimiento o, aceptar y consentir la recopilación de datos y publicidad personalizada, en función de las preferencias de cada usuario.

Usar el paywall permite a los usuarios tomar decisiones informadas sobre sus preferencias de privacidad, a la vez que permite a los editores rentabilizar su contenido a través de publicidad dirigida, siempre que los usuarios den su previo consentimiento.

¿Qué plazos hay que adoptar los nuevos cambios de la política de cookies?

Estas nuevas directrices se deberán adoptar a partir del 11 enero de 2024, momento en el que se aplica la nueva Guía sobre el uso de las cookies. Todos estos cambios son de obligado cumplimiento.

No cumplir las obligaciones indicadas en la presente normativa de cookies tiene como consecuencia multas que van desde los 600 € hasta los 30.000 €, tal y como se recoge en el art. 39 de la Ley, 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico

Si no sabes cómo aplicar los recientes cambios y necesitas que profesionales expertos en la materia te ayude a implementar de manera adecuada la política de cookies, desde Grupo CFI podemos ayudarte a cumplir con la normativa del buen uso de las cookies y evitar que recibas cuantiosas sanciones económicas que podrían arruinar tu negocio.

Cookies

Conclusiones

La industria de nuestra era es consciente de que es necesario ofrecer confianza a los usuarios en la Red y, a su vez, garantizar que el uso de las cookies se lleve a cabo respetando la privacidad de los usuarios.
Obtener su consentimiento implica que los usuarios son conscientes de lo que importa para las organizaciones y comunidades, que de manera conjunta guían la operación y desarrollo de las tecnologías y la infraestructura de Internet, sus de hábitos de navegación y la cantidad de información que proporcionan los usuarios a los que prestan servicio en la Red.

La reciente Guía sobre el uso de las cookies implica que exista la necesidad de implementar modificaciones significativas en la práctica de recopilación de datos y cumplir con la normativa vigente.

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